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Buenos días, mi inquilina ha dejado de pagar el suministro de luz, suministro que figura a su nombre, en principio se va en Marzo de mi vivienda pero la facturación no se cierra hasta el mes de Abril, la compañía me ha dicho que éste último periodo de facturación no se puede parar y que soy yo quien tengo que pedirles el importe del suministro hasta la lectura del día que se vayan, porque la factura me la pasarían a mi.Creo que todo ésto no se acoge a la legalidad y debe existir alguna manera de que los suministros que haya disfrutado mi inquilina, y que por supuesto figuran a su nombre, sean abonados por ella a la empresa y a partir de ahí el suministro vuelva a pasar a mi nombre, quiero aclarar que yo no trabajo como cobradora de deudas para la empresa y que el mes y medio de renta que me debe en ningún caso me los abonaría dicha empresa a mi.
Muchas gracias y un saludo.
Pero a ver, que no sé si lo habeis leído todo.
la inquilina aün vive ahí. Si ha dejado de pagar, problema suyo, y ya se pasan cuentas al finalizar el arriendo. Todo este monto podrá pedirlo en un juicio monitorio y especificarlo en el documento de finalización de contrato.
si ahora diese de baja la luz estaría incurriendo en un delito penal de coacción, así que dé gracias que la compañía no lo haya permitido
Te entiendo perfectamente, porque desgraciadamente cada vez es mas frecuente que pase esto y las compañias de servicios van a la suya, les da igual quien pague la deuda, pero eso si se la cobran como sea.
Yo siempre he intentado hacer las cosas lo mas al derecho posible, cambiando la titularidad de los servicios, etc. pero en mi caso, ahora ya solo lo hago con Gas, porque son los unicos que no es un problema cada cambio.
De todas formas, incluso ellos, hasta que no se cercioran que el anterior titular ha pagado, no te permiten el cambio de nombre, eso si facilitan la emisión de una factura a fecha y lectura que les digas y sin sobrecoste (lo que es un milagro).
Con la luz es un problema porque siempre intentan colarte con el cambio de titular una nueva revisión de la instalación, boletines, nuevo contador, etc.
Con el agua, esta ultima vez me han montado un pollo que ahora me va a llevar tiempo y desplazamientos de arreglar, en vez de cambiar el titular me han hecho un nuevo contrato !y se han equivocado de pobleción¡
Ahora bien, siempre, siempre se aseguran el cobro de lo adeudado, así que si no le has devuelto la fianza todavía (y alcanza para pagar la deuda) retenle de ahi y paga tu a la compañia, será mas rápido.
si el titular del sumistro es su inquilina usted no tiene nada que ver con esa deuda, por tanto no es reclamable contra usted, en todo caso la compañia podra negarse a volver a darle luz a esa vivienda por tener deuda ese punto de suministro.
si usted no es titular del suministro no podra tramitar la baja solo el titular del suministro puede tramitarla
solucion contrate con otra compañia y la entidad no podra reclamarle a usted nada si usted no ha solicitado ningun servicio.
distinto es si usted es el titular del suministro y la inquilina el titular de pago, entonces usted si tendra que abonar lo adeudado como titular del contrato y a fin de cuentas ultimo responsable del suministro.
en ese caso podra pedir la baja en cualquier momento y solo se le podra reclamar hasta el dia en que la baja sea efectiva.
esos i documente todo para futuras reclamaciones