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buenas tardes, querida amiga,o amigo, soy una de las afectadas, de tener un inquilino caradura,,si te contara todos los detalles, quizas los calificativos que les ibas aponer, fueran mas fuertes,respondo a tus dudas:,,le mande cartas certificadas, fueron devueltas, el cartero alego,,no existe esta persona en dicha casa,,por otras personas, me entere que aquella familia alli no vivia,, sin meditarlo dos veces, me acerque alas oficinas de suministro de luz i agua, comprobe que quedaban pendientes dos recibos, tanto de la luz, como del agua,lo reconozco me iquivoque al dar la orden que cortaran el suministro, desconcia esa clase de ley mal regulada, que defiende al inquilino, sobre no pagar el alquiler, quedandome una deuda, cerca de lo 2000e, no tengo derecho actuar de esa manera, me adenunciado, segun su abogado, la denuncia asciende 5000e,estoy ala espera, de la decision que tome el juez, entrege un buen pliego de informes ami favor, uno de ellos, por burofax se le comunico, o paga su deuda, o en el plazo de un mes, debia dejar la casa libre, eso deberia aber sido,l,exactamente, e 20 de junio, estamos a 25, de septiembre i todavia sige en la casa, tengo los abogados en marcha, la orden de desaucio pronto le llegara,¿en que quedara la cosa, eso solamente dios lo sabe, mi consejo es,,no cortar los suministros,aclamarse al cielo, por que tal como estan las cosas, es el unico poder que nos puede ayudar,,atentamente una afectada mas de un inquilino aprovechado,,
Después de todo esto lo más habitual es que se terminen yendo y se declaren edictos, con lo cual podrás publicarlos en medios públicos como en los boletines oficiales correspondientes a tu localidad, RAI… lo tendrás que pagar de tu bolsillo pero merece la pena, ya que a diferencia de las deudas generadas eso no es nada comparado con lo que debían y cualquier persona tecleando sus nombres y apellidos entrecomillados en internet podrán ver que son edictos y sospechar de ellos. Si esto fuera así, hacienda no te reclamará algo que no has cobrado, y si ganas y cobras merece la pena pagar, es algo ínfimo comparándolo con lo que, seguro, debían. Quizás no habremos ganado pero, al menos, tendremos tranquilidad.
1. Si por desgracia tienes que seguir el procedimiento (ya con abogado y procurador) puedes informarte (para decidir si seguir o no adelante en caso de dudas y si el inquilino es español) mediante un índice nacional de la propiedad, que lo puedes conseguir en el registro de la propiedad escribiendo tan solo su nombre, apellidos y D.N.I. (cuesta unos 12 €) si tiene algún inmueble, finca,… a su nombre, así, por lo menos, sabes que no se declararía insolvente.
2. Si tiene una carrera o trabaja en organismos públicos el tener antecedentes no le conviene para poder trabajar o seguir trabajando en un futuro en organismos públicos.
Y si no tiene carrera, estar en listas de morosos como por ej. el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), le perjudicará si algún día necesitara hipotecar o necesita un préstamo-crédito para un coche,… difícilmente se lo conceden a los morosos.
Hacer una demanda (que es diferente a una denuncia), si se puede, el mismo día, por una cuantía menor de 900 € en los juzgados para ganar tiempo, ya que de por sí hay atasco, es gratuito dentro de esas cantidades. Es lo que se llama una demanda sucinta de juicio verbal, no hacen falta abogado ni procurador. Por esto es importante no esperar meses para demandar y así que lo que deban no sea mayor de 900 €. Siempre se puede prevenir y demandar justo al día siguiente del impago (por ejemplo si deben pagar del 1 al 5 de cada mes, podrías demandar el día 6 si no te han pagado y después si pagan retiras la demanda y no pasa nada). Si te deben más puedes reclamar los 900 € solo de alquiler, por ejemplo, para que no sumen más de 900 € y meter en otra ocasión gastos de luz, agua u otros, que, como se supone que todavía tienen tiempo para hacer los ingresos antes de que les corten los suministros, tú, como buen samaritano y creyente, no lo demandas aún, confiando en que lo paguen, así ganas más tiempo para demandarlos por una cantidad dentro de este límmite, después en otra demanda con una cuantía inferior a otros 900 € y por lo tanto sin gastos de procurador ni abogado demandas agua, luz e incluso algún mes más que haya pasado mientras tanto.
Junto con la demanda deberíamos presentar fotocopia del contrato, de las facturas pendientes y muy importante del burofax, que demuestra que:
- Les hemos reclamado lo que deben y por tanto no pueden tener excusas de: se me olvidó o me perdonaron el mes o llegamos a un acuerdo y no me iba a cobrar 2 meses)
- Han hecho caso omiso