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ana frandav

casero/a

Mi inquilino no me paga la luz ni agua ni la renta desde hace varios meses ¿puedo dar se los corten?
Llevo varios meses que mi inquilino no me paga, me siento tan impotente, que quisiera dar orden para cortarle la luz y agua ¿puedo hacerlo o iría en mi contra?
  • Preguntado por: ana frandav
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
inquilino_ y_propieta ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • fernanda torres has contestado a una pregunta de hace 4 años.
    • Pero te voy a decir algo que debes aprender tu tambien:Si hubieras hecho como dios manda el contrato de alquiler ....nada de esto te hubiera pasado. y encima igual te condenan por distorsión y amenazas,
    • Si un casero pide un mes de fianza + aval de 6-7 meses ,no existe un mal inquilino
  • fernanda torres

    casero/a

    buenas tardes, querida amiga,o amigo, soy una de las afectadas, de tener un inquilino caradura,,si te contara todos los detalles, quizas los calificativos que les ibas aponer, fueran mas fuertes,respondo a tus dudas:,,le mande cartas certificadas, fueron devueltas, el cartero alego,,no existe esta persona en dicha casa,,por otras personas, me entere que aquella familia alli no vivia,, sin meditarlo dos veces, me acerque alas oficinas de suministro de luz i agua, comprobe que quedaban pendientes dos recibos, tanto de la luz, como del agua,lo reconozco me iquivoque al dar la orden que cortaran el suministro, desconcia esa clase de  ley mal regulada, que defiende al inquilino, sobre no pagar el alquiler, quedandome una deuda, cerca de lo 2000e, no tengo derecho actuar de esa manera, me adenunciado, segun su abogado, la denuncia asciende 5000e,estoy ala espera, de la decision que tome el juez, entrege un buen pliego de informes ami favor, uno de ellos, por burofax se le comunico, o paga su deuda, o en el plazo de un mes, debia dejar la casa libre, eso deberia aber sido,l,exactamente, e 20 de junio, estamos a 25, de septiembre i todavia sige en la casa, tengo los abogados en marcha, la orden de desaucio pronto le llegara,¿en que quedara la cosa, eso solamente dios lo sabe, mi consejo es,,no cortar los suministros,aclamarse al cielo, por que tal como estan las cosas, es el unico poder que nos puede ayudar,,atentamente una afectada mas de un inquilino aprovechado,,

  • cesa

    profesional

    Después de todo esto lo más habitual es que se terminen yendo y se declaren edictos, con lo cual podrás publicarlos en medios públicos como en los boletines oficiales correspondientes a tu localidad, RAI… lo tendrás que pagar de tu bolsillo pero merece la pena, ya que a diferencia de las deudas generadas eso no es nada comparado con lo que debían y cualquier persona tecleando sus nombres y apellidos entrecomillados en internet podrán ver que son edictos y sospechar de ellos. Si esto fuera así, hacienda no te reclamará algo que no has cobrado, y si ganas y cobras merece la pena pagar, es algo ínfimo comparándolo con lo que, seguro, debían. Quizás no habremos ganado pero, al menos, tendremos tranquilidad.

    1.  Si por desgracia tienes que seguir el procedimiento (ya con abogado y procurador) puedes informarte (para decidir si seguir o no adelante en caso de dudas y si el inquilino es español) mediante un índice nacional de la propiedad, que lo puedes conseguir en el registro de la propiedad escribiendo tan solo su nombre, apellidos y D.N.I. (cuesta unos 12 €) si tiene algún inmueble, finca,… a su nombre, así, por lo menos, sabes que no se declararía insolvente.

    2.  Si tiene una carrera o trabaja en organismos públicos el tener antecedentes no le conviene para poder trabajar o seguir trabajando en un futuro en organismos públicos.

    Y si no tiene carrera, estar en listas de morosos como por ej. el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), le perjudicará si algún día necesitara hipotecar o necesita un préstamo-crédito para un coche,… difícilmente se lo conceden a los morosos.

    • Respondido por: cesa
    • Hace 14 años
  • cesa

    profesional

    Hacer una demanda (que es diferente a una denuncia), si se puede, el mismo día, por una cuantía menor de 900 € en los juzgados para ganar tiempo, ya que de por sí hay atasco, es gratuito dentro de esas cantidades. Es lo que se llama una demanda sucinta de juicio verbal, no hacen falta abogado ni procurador. Por esto es importante no esperar meses para demandar y así que lo que deban no sea mayor de 900 €. Siempre se puede prevenir y demandar justo al día siguiente del impago (por ejemplo si deben pagar del 1 al 5 de cada mes, podrías demandar el día 6 si no te han pagado y después si pagan retiras la demanda y no pasa nada). Si te deben más puedes reclamar los 900 € solo de alquiler, por ejemplo, para que no sumen más de 900 € y meter en otra ocasión gastos de luz, agua u otros, que, como se supone que todavía tienen tiempo para hacer los ingresos antes de que les corten los suministros, tú, como buen samaritano y creyente, no lo demandas aún, confiando en que lo paguen, así ganas más tiempo para demandarlos por una cantidad dentro de este límmite, después en otra demanda con una cuantía inferior a otros 900 € y por lo tanto sin gastos de procurador ni abogado demandas agua, luz e incluso algún mes más que haya pasado mientras tanto.

    Junto con la demanda deberíamos presentar fotocopia del contrato, de las facturas pendientes y muy importante del burofax, que demuestra que:

    - Les hemos reclamado lo que deben y por tanto no pueden tener excusas de: se me olvidó o me perdonaron el mes o llegamos a un acuerdo y no me iba a cobrar 2 meses)

    - Han hecho caso omiso

    • Respondido por: cesa
    • Hace 14 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Ten paciencia...

    Inicia procesos legales de desahucio. Un buen abogado te dirá los pasos a seguir. Este proceso lleva su tiempo, así que cuanto antes lo empieces mejor (si ya llevan varios meses sin pagarte no te interesan como inquilinos)

    Respecto a los suministros, si tienes un contrato de alquiler firmado con ellos, aunque fastidie en estas circunstancias, tenemos que cumplir nuestra parte para que no nos vengan males mayores.
    Así que sigue el consejo que te han dado: haz un cambio de domiciliación bancaria (para que lo paguen tus inquilinos) o desdomicilia los recibos de tu banco, para que los paguen directamente ellos en ventanilla.

    Pero, simplemente para que lo tengas en cuenta: cuando se deja de pagar los recibos, la empresa suministradora corta la luz, gas o lo que sea..., si los contadores están en el portal/cuarto de contadores.
    Es decir, si el contador está dentro de la casa, los habitantes de esta tienen que dar permiso para que entren a cortarla. Por lo que si en este caso no pagas los recibos, tu figuraras como moroso, se te cargaran gastos por demora y ellos seguiran con los suministros funcionando. Por lo tanto, piensa en si te conviene dejar de pagar todo, o únicamente lo que te pueden cortar.

    No obstante, podrás reclamarles cualquier gasto por demora en los pagos.

    De todas formas para estos temas te recomiendo otra vez que inicies todo el procedimiento legal de desahucio. Si no conoces a ningún abogado, en este foro puedes encontrar varios...
  • manuel josé

    casero/a

    No puedes cortar ni la luz ni el agua. Si en tu contrato figura que hagan el cambio de titularidad y no lo han hecho,yo, haría el cambio de titularidad a nombre del inquilino. Tienes contrato, tienes datos. Dejas pasar unos días y luego por teléfono comunicas al inquilino que lo tiene a su nombre.
    Si no está previsto en el contrato el cambio de titularidad y lo pagas tú por el banco y luego se lo repercutes en recibo del mes, yo, desdomiciliaría del banco el pago de la luz. A continuación (deja pasar unos días) llamas a la empresa eléctrica sobre el consumo de la luz y le dices que te mande la factura a tu domicilio.( domicilio piso alquilado)
    Saludos,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ana, ¿el contrato dice que la luz y el agua te la debe pagar a tí?
    Es que tal vez podrías pagar lo que se deba y desdomiciliar los recibos en tu cuenta y pedir a la compañía que los envíe al cobro al piso a nombre de el inquilino.(Avísando fehacientemente al inquilino de que a partir de ahora tendrá que pagar directamente a la compañía en vez de a tí)
    De esta forma, si él no paga, tendrá que entenderse con la compañía. Y, si insiste en no pagar, será la compañía y no tú, quien corte el suministro.
  • Jose2

    casero/a

    No lo veo tan claro como Antonio Postigo. Te enfrentas a que:

    Por un lado te denuncien tus inquilinos por el corte de los servicios básicos.

    Por otro a que te denuncien las compañías de suministros por no pagarles lo que les debes.

    Yo no lo haría. Es una mala suerte que te toquen inquilinos así pero no busques más problemas de los que tienes.
    • Respondido por: Jose2
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lee la respuesta de Antonio Postigo a este post.
    Ojo, que él no dice que cortes nada, sólo que no lo pagues...
    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/cortar-luz-o-gas-a-inquilinos-por-impago-alquiler_1983.html
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