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La cantidad que debe es sobre 800 euros, tampoco ha entregado las llaves pero al piso puedo entrar por ser un piso compartido me abririan los compañeros. Me ha dicho un abogado que cuando la cantidad es pequeña me toca a mi pagar las costas del juicio y por otro lado la unica direccion que tengo es la del carne de identidad. El telefono no lo coge y no se si ha cambiado de numero. ¿ Esto seria suficiente? Gracias.
El contrato finalizo hace varios meses ( era por 4) pero el inquilino se negaba a abandonar la vivienda aduciendo que estaba buscando alojamiento. A mi no me ha entregado las llaves pero tampoco puede demostrar que sigue en el piso porque sus compañeros me han dicho que se ha ido del piso y se ha llevado todas sus cosas. Yo no tengo que entrar a su habitacion para nada, lo que pregunto es si en un pleito que interpusiera me tocaria a mi pagar las costas al ser una cantidad pequeña y si con la direccion del dni tendria bastante para ponerla. Gracias.
Entrar en la habitación arrendada supondrá un delito de allanamiento de morada si no se ha finalizado el contrato en su debida forma y así puede demostrarlo mediante el documento de finalización de contrato. El problema no está en entrar en el piso, está en entrar en el espacio que se pactó arrendar.