Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Verá, agradezco que esté respondiendo a mis preguntas, aún con la brevedad que lo hace. He revisado su página, pero no encuentro nada directamente relacionado con la pregunta que le formulo; no obstante, sí se desprende del texto, la idea de que debe existir un contrato vigente como base sobre el que se apoye cualquier obligación. Por eso, insisto, qué documentación es precisa para acreditar mi derecho a pedir ahora que el contrato se ha resuelto: ayer, lunes día 4 de octubre de 2010 acordamos previo a la vía judicial el pago de las mensualidades pendientes desde marzo a julio de 2009, ambos inclusive, pues en agosto del 2009 el arrendador comenzó a recibir las rentas de otro inquilino. Mi contrato comenzó en noviembre de 2005 y me marché a finales de febrero de 2009. Durante su transcurso avisé al arrendador de los problemas de la vivienda, y al marcharme envié burofáx.
Para acudir a un juzgado con una demanda hay que acreditar ese derecho a pedir que estára basado en un contrato o en otro tipo de documento, sin saber que se lo que quiere pedir no le puedo decir la forma de acreditar su legitimación activa.
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