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Hemos intentando que la relación sea cordial perdiendo incluso de nuestro derecho, dejándolo ocupar la vivienda unos días antes de lo firmado sin ningún tipo de coste ni siquiera la repercusión de agua/luz.Permitiendo una deuda ya que no podían hacer frente al pago.No ejerciendo el derecho de subida de la renta por respeto a su delicada situación económica
Sin embargo,todo esto no se valora.Recientemente han surgido humedades,en un caso de condensación por mala ventilación y en otro por una avería en el circuíto de la calefacción. En ningún momento nos hemos negado al arreglo de las averías,la última vez que hemos hablado sobre el tema me ha comentado su intención"de enterarse de sus derechos y ejercerlos sin reparo,empezando por abandonar la casa durante el tiempo que duren las obras".¿Cual es mi obligación?.¿Debo descontar los días que no ocupe la vivienda de la renta del mes?.
Tengo otra pregunta.La revisión anual de la caldera debe ser a cargo del inquilino o del propietario.Gracias
Las revisiones son a cargo del propietario
Art 21.2: Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
Todo es negociable, pero ante posturas intransigentes de una parte, la otra también lo puede ser. Como casero tienes el derecho a cobrar la renta y la otra parte la obligación de pagarla y si no paga o abandona la vivienda, le demandas judicialmente. pero, si quieres, también puedes pagarle un Hotel y ponerle un coche con chofer a su disposición para tenerlo contento.