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La fianza la vamos a hacer en la DGA, allí me ponen los timbres en el contrato??, o hay q comprarlos en el estanco???
o firmando el contrato y llevandolo a la DGA no hace falta nada más???
Son dos cuestiones distintas:
El depósito de la fianza en la DGA es una obligación adminsitartiva.
El pago de los "timbres" es una obligación fiscal que correponde al arrendatario
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente