Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Qué debo hacer? Acceder o no a la petición?
Tú decides.
legalmente si ejercen su derecho a prórroga, ésta debe ser anual.
solo si tú estás de acuerdo pueden quedarse un mes más.
si no lo estás, y se marchan al mes de haber comenzado la prórroga anual, podrías demandarlas por incumplimiento de contrato. ¿pero quieres meterte en ese fregado?
lo mejor. Llega a un acuerdo ahora. Les permites quedarse un mes más (pagándolo obviamente). A cambio de que te permitan mostrar el piso a posibles interesados. Los domingos por la mañana. es un ejemplo.
saludos - Papeleos Alquiler.