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Hola, hemos alquilado una casa que tiene calentador y la salida hasta la goma de la botella de butano pero no ni la botella ni alcachofa ni goma. El casero dice que el contrato lo tenemos que hacer nosotros. La duda que nos surge es que si ocurriera algo (esperemos que no), el contrato de alquiler nos avala frente al seguro de la casa que debe tener el casero? gracias.
El titular del suministro debe ser el inquilino, porque él lo utiliza y por tanto le corresponden todos los gastos de consumo pero también de contratación. En cambio, el buen estado de las instalaciones, calentador, normas de seguridad como rejillas de ventilación etc, son responsabilidad del propietario. Tener o no seguro es algo voluntario, sirve para cubrir las propias responsabilidades frente a daños propios o a terceros en caso de siniestro. El propietario tendrían que responder frente a ustedes si por el mal estado de la vivienda ustedes sufren algún perjuicio, tenga o no seguro, y ustedes responden frente al casero de los daños causados a la vivienda por el mal uso que hagan de la misma o sus instalaciones. Por tanto que haya un seguro facilita las cosas, pero si no lo hay, el perjudicado tiene derecho a resarcirse frente al causante del daño.
La normativa legal no dispone nada al respecto, por lo tanto deben ceñirse a lo que hayan pactado entre vds. En cuanto a la posibilidad de un accidente lo mas recomendable es que vds, contraten un seguro para su mayor tranquilidad.
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