El artículo que mencionas dice literalmente: "La renta máxima anual inicial a percibir por el titular de la vivienda libre será la misma que la de una vivienda protegida de nueva construcción en alquiler, de renta concertada, a 10 años, computando la superficie útil real de la vivienda, incluyendo, en su caso, la renta máxima de un trastero y un garaje, con superficies máximas computables iguales a las de los anejos de las viviendas protegidas de nueva construcción. Ello, con independencia del incremento aplicable, como a una vivienda de precio concertado, si la vivienda se encontrara ubicada en un ámbito territorial de precio máximo superior."
Por eso, deberías acercarte por la oficina de Vivienda de tu comunidad autónoma para preguntar cómo son las rentas máximas de sus viviendas protegidas para poder hacer el cálculo.
La web del Ministerio de Vivienda publica los siguientes requisitos:
- Superficie útil máxima de la vivienda: 120 m²
- Vinculación al arrendamiento (directamente o mediante cesión) por un período mínimo de 5 años.
- Renta máxima: importe máximo anual a percibir por el alquiler 5,5% precio legal de referencia. Esta cantidad se determinará aplicando a una superficie útil que no podrá exceder de 90 m2, el precio máximo legal de referencia de las viviendas protegidas de nueva construcción para arrendamiento de renta concertada.
No obstante, el Consejo de Ministros aprobó el 11 de enero de 2008 un Real Decreto que reforma el Plan de Vivienda 2005-2008 elaborado por el Ministerio de Vivienda. En el decreto se flexibilizan las condiciones que hasta ahora debían cumplir los propietarios de viviendas vacías que decidieran ponerlas en alquiler y quisieran beneficiarse de la ayuda de 6.000 euros. En este sentido, se suprime el requisito de superficie máxima y se eleva el importe que pueden percibir por el alquiler.
Así se afirma también en la web del Ministerio de Vivienda: "Otra de las modificaciones del Plan de Vivienda 2005-2008 se refiere a la flexibilización de las condiciones de las ayudas de 6.000 euros para los propietarios de viviendas vacías que opten por ponerlas en alquiler. Se suprimirá la limitación de 120 metros cuadrados de superficie útil máxima de la vivienda libre desocupada; se incrementará la renta máxima que puede percibir por el alquiler y se eliminará la condición sobre el uso de la subvención."
También es conveniente que sepas que ahora mismo se está redactando el nuevo plan de vivienda y puede que todo esto cambie de nuevo.
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