Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
La inquilina tiene unos 63 años, aunque viven en el piso los hijos, sólo está empadronada ella. No tiene otras propiedades pero reside la mayor parte del tiempo en casa de su pareja. Ella es subrogada del marido fallecido.
Tengo entendido que la jurisprudencia en Girona es muy proteccionista con el inquilino.
Estoy casada, sin hijos, vivo de alquiler en Terrassa y trabajo en Badalona. Mi marido está pendiente de cobrar indemnización por despido, pensamos en montar negocio en Lloret.
Mi hermano es propietario de otra vivienda en el mismo inmueble, podría hacer un contrato de arrendamiento con él y rescindirlo para alegar necesidad.
¿Qué supuesto de necesidad alegarían?
Estos casos tienen una casuistica muy complicada, y se suele utilizar detectives y otras cosas como estas, pues has de demostrar que realmente la titular no vive habitualmente. Lo más práctico sería que visitases a un abogado experto en el tema y el te dirá exactamente que es lo que tienes que hacer.