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Mi inquilina no vive en el piso, vive hace tiempo con una hija en un chalet, ya que está esperando que la operen de caderas. El piso es un 4 sin ascensor y no creo que pueda nunca más usarlo. Pero se va con dinero.
Gracias
Si el contrato es anterior a 1.985 (anterior al Decreto Boyer) tiene que primero acumular pruebas del hecho de la desocupación; después enviar un burofax requiriéndola para que se vaya y, si no acata el requerimiento, tendrá que demandarla.
Si el contrato es posterior a 1985 y anterior a 1.995 la puede echar por fin de plazo, y si es posterior a 1.995, cuando cumpla el periodo de contrato, o antes acreditando la desocupación.