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Sin embargo él sigue de arrendatario en la vivienda. ¿Cómo puedo recoger en un contrato (o anexo) que ella (su pareja) ya no es inquilina y él sí? ¿Es necesario anotar exáctamente el día que se separaron o con ponerlo a partir de la fecha de hoy es suficiente?
Gracias
Habría que mirar si los jueces ya han dicho algo. Lo más seguro es que en el convenio regulador de la separación aparezca el piso, y qué parte se queda con el piso y se obliga en el pago, por lo que es esa parte la que tiene que comunicar la resolución judicial al propietario de la vivienda para que manifieste lo que estime oportuno. Si existe sentencia firme y se nombra al alquiler.... con un papelito no se arregla a mi juicio, pues tendría que entrar en juego la otra parte. Llama al señor, habla con el y que te enseñe el convenio regulador (si quiere claro) y a lo mejor se os despejan las dudas. Sino, como te han dicho, para tí, y salvo mejor criterio o que te demuestren algo en contrario, ante tí responden las dos partes. Los inquilinos están obligados a comunicarte cuantos cambios se produzcan en la relación contractual.
Realmente la primera interesada para comunicar el desistimiento debería ser la mujer que se marchó, pues mientras no le notifique nada a usted ella sigue respondiendo del pago de la renta. Basta con una comunicación escrita firmada por la mujer donde conste la fecha aproximada o actual desde la que deja de ser arrendataria. No tiene que firmar ningún anexo con el marido.
A su disposición para lo que pueda necesitar,
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