Hola,
El contrato de temporada es para una temporada es decir no para tener la vivienda como habitual, si la inquilina ha estado residiendo en ella de manera habitual se le aplica el régimen de vivienda habitual. No obstante en cuanto al tema del preaviso, éste se generará de acuerdo a lo establecido en el contrato, si no le preavisa con el tiempo establecido, podrá usted retener la fianza en concepto de indemnización.
Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.
Un saludo
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