1.- Hay un problema previo, si no has cumplido el plazo de tres años como vivienda habitual tendrás que devolver las deducciones practicadas con sus intereses.
2.- Puedes deducir de los rendimientos por alquileres el importe de los intereses de la hipoteca.
3.- Enlazando con lo anterior es posible que te sea más beneficioso acogerte a la reducción general del 50% y no a la del 100% que no admite resultado negativo.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.