Raquel, la ley concede al inquilino la facultad de dar por terminado el contrato al sexto mes, agrando la penalización pactada enel contrato, lo que no le concede es la compensación del ultimo alquiler con la fianza, por lo tanto, si es un individuo solvente, puede Vd. exigirle judicialmente que esté al día en los pagos de alquiler, antes de cogerle las llaves; si no es solvente, tendrá que conformarse con cualquier solucion y, para la próxima, lea el decálogo del inquilino en el enlace que le dejo. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/