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hola, mi primer contrato de un año ha llegado a su fin, la casera no me ha llamado con lo cual yo lo sigo pagando todas las mensualidades como normalmente, pienso estar medio año mas pero luego quiero marcharme, ¿puedo marcharme antes de cumplir el otro año de renovacion automatica? gracias.
Hola muc:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
No, debes cumplir los años integros, o sea que te puedes ir en cualquier cumpleaños del contrato siempre con el preaviso de 30 dias.
A no ser que en tu contrato haya alguna cláusula con una penalización pactada por incumplimiento.
Si en tu contrato no hay una clausula facultandote a desistir en cualquier momento, tu obligacion es cumplir el segundo año completo. Pedro Martínez Abogado 5001@icagr.es