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Hace poco tuve un desahucio con un inquilino de un local comercial por impago de las rentas, comunidad, agua y luz, etc. durante un largo periodo de tiempo. Éste tenía dentro del local televisiones, neveras, y otros aparatos arrendados como dispensadores de cerveza, aparatos prestados por amigos y familiares, etc. Cuando llegaron los funcionarios del juzgado los declararon bienes abandonados y se hizo un inventario de los mismo y se sacó fotografías. No sé para qué si resulta que son bienes abandonados...
¿Estamos obligado a devolverle al Inquilino los bienes? ¿O a las empresas que han arrendado /prestado algún aparato? Evidentemente yo no sé, qué es del inquilino y qué no lo es, y si cedo en devolver algunos bienes, puede ser que le aparezca dueños a todas las cosas del local.
Si tuvieras un documento del juzgado considerándolos abandonados no tendrías de qué preocuparte. También podrían ser de algún subarrendatario inconsentido.
saludos,
No, le pregunté al procurador y al abogado y me dijeron que eran bienes abandonados. Pero luego me han dado respuestas contradictorias con respecto a los bienes de terceros afectados.