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Si al recuperar la posecion de la vivienda despues de ser resuleto el contrato por el juez,cuando entras encuentras daños en el mobiliario,etc,¿ que cosecuencias legales puede traerle al inquilino que la habitaba ?
Muchas gracias
saludos
La sancion sera economica en funcion de los gastos q tengas , y q se pueda demostrar q estaban asi al entrar en el piso.
De hecho para eso (tb) va un funcionario del juzgado el dia del desahucio
Hola lars:
el propietario arrendador podrá deducir de la fianza o de las garantías adicionales la cantidad suficiente para reparar los daños o, si éstos superan la cuantía económica de la fianza o de las garantías, quedarse con las mismas y reclamar judicialmente la cantidad que corresponda.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es