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Patricia Poda

inquilino/a

Somos una comunidad de vecinos de un bloque de nueva construcción y todos tenemos contrato de alquiler

Por tanto, ninguno somos propietarios. Yo entré a vivir en febrero de 2010, me dijeron que en ese momento inmediato no podría disponer del servicio de calefacción ya que no teniamos puestos los contadores de la luz y que estariamos un mes con el provisional y que éste no aguantaria el poner los aparatos de calor/frio en funcionamiento. El caso es que nos encontramos en el mes de octubre y no ha sido hasta hoy que nos han puesto los contadores, que por cierto nos obligan a pagar a nosotros el alta de la luz. Hemos pasado parte del invierno sin calefaccion y todo el verano sin aire, pero no hemos dejado de pagar por estos servicios ya que se incluian en el contrato del inmueble y en el precio mensual de éste. Podemos pedir algun tipo de indemnizacion? És legal que después de todo nos toque pagar a nosotros el alta de la luz?? Muchas gracias por su atencion. Atentamente, Patricia.

  • Preguntado por: Patricia Poda
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Buenos días:

    En primer lugar, precisar que Vds., como inquilinos, NO son la comunidad de propietarios, pues la misma está regida por la Ley de Propiedad Horizontal, y sólo está formada por los propietarios de los departamentos.

    Si en su contrato está establecida la existencia de esos elementos y no han podido disfrutar de ellos, por causas atribuibles al arrendador, entiendo que pueden reclamar (aunque será dificil cuantificar el importe que se pueda reclamar, por lo que se exponen a que no exista condena en costas, y no puedan recuperar el coste del procedimiento -pues si no le dan todo el importe reclamado, el juez es muy posible que no imponga las costas-) Además tienen que leer atentamente el contrato de alquiler, para poder determinar las condiciones del mismo

    Respecto a la contratación de los contadores, es habitual que entre las clausulas del contrato se establezca que la misma es a cargo del inquilino.

    Como ves es importante la lectura detenida del contrato, por lo que deberían acudir con los documentos a un Abogado experto, que será quien les podrá asesorar correctamente a la vista de la documentación.

    BufetPrieto SLP

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