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No hago mas que escuchar que es obligatoria depositar la fianza del alquiler de la vivienda
me he estado informando y en ambos instancias publicas me han dicho que no es obligatorio..
Alguien me lo puede aclarar ?
gracias
En la provincia de Alicante ( al menos en la ciudad que tengo el apartamento), no se necesita depositar la fianza, nosotros fuimos a la camara de la propiedad y nos dieron unos folletos a rellenar, junto con el contrato de alquiler, nos mandaron a entidad bancaria, pagamos 46.8 € , que nos dijeron que tenia que pagarlos el inquilino ( pero lo pagamos nosotros), mas 3.20€ de papeleo, lo volvimos a llevar a la camara de la propiedad , junto con los DNI, nuestros y de la inquilina, le pusieron etiquetas y ya
Oficina central
c/ Gerona, 4
03001 Alicante
Tel. 96 593 45 40
fax. 96 593 45 80
atención público: 9:00 a 14:00
ahí te lo explicarán bien, que es la oficina central del ivvisa
Aunque no haya que ingresarla (que no es el caso), debe existir.
Hola,
gracias por contestar...
Os cuento porque ya no entiendo nada... ni siquiera los propios funcionarios sabían casi que había que hacer...
Resulta que me han dicho que: y hago un resumen..
esta es la teoria de lo que hay que hacer
Rellenar formulario 806 copia y original, ingresar fianza en el banco , rellenar formulario 600 por el inquilino , abonar cuota de 70€ si es por una año el alquiler, ó de 90e si es prorrogable a 5 años
Una vez ingresado en el banco todo, ir a la oficina liquidadora de la cámara de la propiedad y que te lo sellen... si bien..( siempre según la chica de la oficina ) es de caracter POTESTATIVO dicho trámite, acto seguido me infrmé en Hacienda y el propio funcionario me dijo en primera persona que ellos lo único que miran es que amabas partes lo declaren.. que todos estos trámites son para que en caso de impago quede registro y de fuerza en el juicio..
Asi que ya no entiendo nada..
Dicha fianza no se declara ya que no se considera beneficio
En ambas instituciones me la han asegurado con bastante seguridad, pero una ya no sabe que pensar..
Todo esto me biene mal porque ahora mismo no estoy en la provincia y estoy hecha un lío...
Gracias por las respuestas
Hay ccaa donde no hay que ingresar la fianza, pero no es el el caso de la ccaa valenciana
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
La fianza es obligatoria por ley; asi como lo es ingresarla en el organismo competente allí donde lo hay.
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm
articulo 36
(echele un ojo tambien al preambulo 4 si lo desea)
respecto a ingresarla en el organismo, disposición adicional 3A
Pablo.
Quien te ha dicho que no?
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es