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Hola a todos, la immobiliaria me acaba de enviar el contrato de alquiler para revisarlo antes de firmarlo y me pone que los gastos de escalera correran a cargo del arrendatario y que tendre 5 dias para abonarlos tan pronto como el arrendador me facilite el importe.
Ya sabia que tendria que pagarlos y me han dicho que son alrededor de 35 euros al mes pero, ¿no deberia de estar la cantidad en el contrato?
Si hubiera algun gasto de escalera extraordinario y no está la cantidad en el contrato tendría que pagarlo?
No quiero correr con derramas de comunidad ni cosas parecidas.
Gracias,
Mejor el concepto de gastos de comunidad.
Lo único que te pueden subir es la vivienda, una vez al año, aumentándolo al ipc general, y el concepto de comunidad al ipc( x2) si han habido aumentos en ese concepto
Gracias Paolo y Crazyh, la verdad es que ha sorprendido bastante no ver la cantidad en el contrato. Tendre que comentarselo la semana que viene y que me lo pongan por escrito.
En el contrato dice "gastos de escalera", ¿deberia poner gastos ordinarios para diferenciarlo de los extraordinarios? o con la cantidad estoy cubierto, lo digo por posibles subidas de la comunidad en años venideros.
Un saludo
Lo que puedes hacer es firmarlo, y cuando te pasen el cobro negarte a efectuarlo, alegando justamente lo que dices, que debería estar especificado en el contrato, con el importe indicado.
Julio,
Estas en lo cierto, creo que es imprescindible que hagas indicar esa cantidad en el contrato; sino vete a saber luego cuanto te pueden exigir!
pablo.