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Hola dispongo de un apartamento y estoy pensando en alquilarlo en temporada baja desde octubre a junio....pero me da mucho miedo por todo lo q se oye que si te dejan de pagar y no hay quien los eche de la casa y demas....
Mi pregunta es si existe algun tipo de contrato o algo que me asegure que el inquilino acepta solo estar de octubre a junio y que no cogera ningun tipo de derecho sobre la casa.
Si quiere volver a la otra temporada y los dos estuvieramos de acuerdo, volveria a alquilarla como la primera vez.
Espero sus consejos.
por supuesto, la respuesta más acertada es la de buscar un abogado...faltaria más.
Si sigues el consejo del abogado, ¡ojo!, no todos los abogados saben de todos los campos, busca uno especializado en tema inmobiliario y de propiedad
Hola lacasita:
al hilo de la acertada respuesta del sr Crazyh le aconsejo la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso-profesional/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
sólo oyes lo malos que son algunos inquilinos? pues date una paseadita por el foro y verás los caseros que pululan por esos mundos de Dios.
Miedo tenemos todos.
tu haz las cosas bien y verás que el inquilino no suele ser el coco.
Una buena inversión, en su caso, sería la de contratar un abogado para que le redactase el contrato, y así evitarse problemas a la larga.
Un saludo
Además habría que incluir el motivo por el cual el inquilino necesita ese piso exclusivamente de octubre a junio. Y que sea cierto.
saludos - Papeleos Alquiler.
gracias paolo por tu respuesta....
entonces lo que me dices es que a mi contrato de alquiler vacacional le incluya una nueva clausula q diga que el domicilio habitual del inquilino es tal y tal, y que el apartamento que yo alquilo es solo por temporada...
¿valdria algo asi????
Hola lacasita:
le aconsejo la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Debes alquilarlo entonces como alquiler de temporada.
No puede ser la vivienda habitual y ademas es interesante que en el contrato figure donde existe la vivienda habitual del inquilino.
Vamos, que deberias recurrir a estudiantes, empleados desplazados o cosas asi.
Se consciente de que lo que importa es si es o no la vivienda habitual.
Pablo.