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Si no consigo notificar "fehacientemente" mediante burofax, ¿qué otro medio queda para poderlo hacer y poder iniciar demanda?
El burofax es suficiente medio de notificación fehaciente, ya que aunque el destinatario no lo recoja, se le da por notificado a todos los efectos legales.
Una vez transcurridos los 30 días sin que el destinatario haya procedido a su recogida, le será devuelto el documento por correos. Consérvelo, junto con los acuses de recibo negativos y la certificación de contenido, ya que en el juzgado se considerará fehacientemente notificado al inquilino con ello.
El burofax NO FALLA.
Si lo enviaste con certificación de contenido y acuse de recibo, se da por notificado aunque el inquilino no quiera recogerlo.
Saludos - Papeleos Alquiler