Coincido con Carlos si la inquilina puede acreditar que hay cosas de su propiedad en el trastero, por tolerancia de vd, no puede sin más cambiar el bombín, debería previamente requerir de modo fehaciente a la inquilina para que retire esos enseres dándole un plazo para ello, pasado el cual tendrá que acudir a la vía judicial.
Pedro Hernández Olmo, abogado