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Anduve

inquilino/a

Expongo mi caso:

Entré a vivir a un piso hace un año. Es el ático y está rodeado por una terraza que antes era comunitaria porque el piso no existía (era como un pequeño almacén). Así que cuando entré el propietario me dijo que si tenia que subir algún operario para arreglar aire acondicionado, antenas de televisión... tenía que dejarle entrar. En la puerta de la terraza tenía unos cerrojos por el exterior, de forma que aún teniendo la llave de la puerta, no se podía entrar. El propietario me quitó los cerrojos y ahora sube cuando le da la gana sin avisar ni nada. El caso es que en mi cocina hay una puerta de cristal desde donde accedo a la terraza. Entonces, yo le digo que no puede hacer eso, que es mi casa y que tengo que saber quien va a venir, y que en caso de que me vaya mal que venga alguien pues que no suban. él dice que puede hacerlo porque es la terraza comunitaria, pero lo que yo no tengo claro es que al haber construido ahí un piso esa terraza no sea de uso exclusivo mío. Además me entraron a robar por la terraza y no ha cambiado la cerradura.

  • Preguntado por: Anduve
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    si la terraza es comunitaria y no acceden desde su vivienda no tienen que perdir le ningun permiso, lo que no pueden hacer sin su permiso es acceder a su vivienda.

     

  • Anduve

    inquilino/a

    Pero sigue siendo ilegal que entre el propietario o cualquier operario sin pedirme permiso?¿

    • Respondido por: Anduve
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Anduve:

    En ese caso solicite a su arrendador permiso para reponer los cerrojos de la puerta de la terraza que comunica con su vivienda.

  • Anduve

    inquilino/a

    Gracias Jan, de todas formas me gustaría aclarar que no accede a la terraza pasando por mi piso, sino por otra puerta que está en la escalera comunitaria.

    • Respondido por: Anduve
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Anduve:

    Usted está obligado tanto por el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal a permitir el acceso a profesionales para tareas de reparación o mantenimiento de elementos comunes, previa comunicación del Presidente de la Comunidad. Por lo tanto, nadie puede acceder a la terraza a través de su vivienda sin su previo consentimiento.

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

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