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MODO DE IMPUGNACION
recurso de reposicion ante secretario judiacial mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de 5 dias,contados desde el siguiente al de la notificacion,en el que se debe expresar la infracion en que haya incurrido la resolucion.Sin estos requisitos no se admitira la impugnacion.La interposicion del recurso no tendra efectos suspensivos respecto de la resolucion recurrida (articulo 451 y 452 LEC) El juicio se celebro el 21 de julio .En la sentencia pone lo mismo ahi otros articulos 457.2 LEC 455 y que para recurrir debe hacer pago de la deuda.
El caso que hoy dia de lanzamiento se suspende porque la juez ha aceptado que el inquilino que esta en la carcel haya solicitado un abogado de oficio esto demorara nadie sabe decirnos el tiempo ,hemos ido a los juzgado hasta los vecinos han ido al juzgado indignados porque las personas que estan en el piso causan cada dia mayores daños y tienen temor y no a servido para nada mi histeria ha sido tal que me he puesto a chillar mi marido enfermo de cancer que esta ahora mismo esta fatal y estas personas siguen en mi piso solo causando problemas y daño y la justicia les da mas tiempo ,donde esta nuestra defension que como ha dicho la secretaria que si encima nos ponemos a gritar llaman a la policia y nos sacan del juzgado que no tenemos derecho ni a patalear asi nos lo ha dicho el abogado.
La historia completa:
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/volver-entrar-esten-desahuciados_27060.html