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Tengo una vivienda en alquiler y no se si estoy obligado a depositar la fianza en el IVIMA. El caso es que la condicion que pongo al inquilio es que él pague el primer año del seguro con una parte de la fianza y a la finalzacion de éste yo le devolveria la parte restante...¿Es eso posible? entonces no podria yo depositar la fianza en el IVIMA...
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Es obligatorio depositar la fianza en el ivima, independientemente de lo que usted pacte con el arrendatario. Si no lo haces, tu arrendatario no podrá desgravarse el alquiler.