Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Y ¿en el apartado del domicilio de los arrendatarios qué debemos poner si éstos están de alquiler en otra vivienda de la zona o proceden de otra ciudad, país, etc.?
Si no teneis la titularidad de ese piso no podeis dar una opción de compra sobre él.
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si quiere ampliar la consulta.