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Buenas.
Alquilé un piso en agosto. Pagaron un mes y la fianza. Firmamos que los suministros de luz y agua irían a su nombre. En septiembre los llamo para que paguen el mes y la luz del mes anterior y me dicen que se van a estar hasta que los desahucien. Inmediatamente hablo con una amiga abogada y una procuradora presenta los papeles por impago en el juazgado.
Han pasado casi tres meses. Ahora me dicen que me pagan el mes de septiembre y la luz de agosto. El problema está en que mi amiga la abogada no me coge el teléfono, así que no sé si servirá de algo la denuncia que puse en el juzgado (que me costó 200 Euros, de momento), por que ésta iba referida al mes de septiembre. Entonces, mis dudas son:
1. ¿Puedo cobrarles el mes de septiembre y, cuando llegara el juicio, conseguir que los desahuciaran por impago de los meses siguientes? Esto lo digo por que en la demanda especifica que el mes impagado fue septiembre.
Muchísimas gracias.
Buenos días,
no debe coger nada. Ellos deben de pagar las deudas en el juzgado. El inquilino recibirá un escrito con la deuda que deben. Si la pagan pueden continuar en el piso.
por tanto mi consejo es que espere a que reciban el comunicado del juzgado para que paguen todo lo que deben. En caso de que no paguen la totalidad de lo adeudado harán el desahucio.
un saludo,
david Guerra
Abogado de Barcelona
Dguerra@Icab. Cat
618734472