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Quiero saber si al realizar un contrato privado de alquiler de un piso, siempre hay que depositar la fianza en el IVIMA, aún cuando el inquilino no se vaya a deducir nada por el alquiler, ni vaya a recibir ninguna ayuda.
Gracias
Hola esther:
la respuesta a su pregunta es afirmativa, ya que la lau 1994 (articulo 36)obliga al depósito de la fianza.
reciba un cordial saludo.