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¿Se paga itp y despues impuestos sobre donacion, o se puede hacer todo en el acto de compraventa?
Marcos Si hace en la misma escritura la compra y la constitución de ese usufructo, salvo que se trate de una operación sujeta a IVA, vd pagará el ITP correspondiente a la nuda propiedad y el usufructuario el ITP correspondiente al usufructo que adquiere.
Como intuyo que se trata de un usufructo vitalicio el importe de cada ITP está en función de la edad del usufructuario.
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En una única escritura pones la nuda propiedad a nombre tuyo y el usufructo a nombre del familiar
Según de donde provenga el piso, se pagará IVA ó ITP, me parece que es mejor hacerlo todo como compraventa, de todas formas los expertos en temas fiscales ya te informarán de ello.