¿Cómo puedo legalizar mi vivienda alquilada desde 2007, si nunca la declaré? ¿tengo derecho a alguna reducción?
La vivenda la alquilé por traslado de residencia, y para pagar la hipoteca de la misma, nunca la declaré porque mis inquilinos no hacían la declaración, pero este año sí, y quiero legalizarlo todo, y saber si tengo algun beneficio. ¿Pero no se cuál es el remedio?
Con la actual normativa en la mano, no veo inconveniente para que el arrendador deposite con retraso la fianza con un recargo que en Andalucía es del 10%, sin sanción porque no ha intervenido la inspección ni ha habido denuncia.
En cuanto a los rendimientos del capital inmobiliario del ejercicio 2008 el arrendatario podrá beneficiarse de las muchas deducciones y reducciones del artículo 23 de la Ley del IRPF en su declaración de este año incluyendo los intereses de los capitales invertidos en la adquisición de la vivienda.
En cuanto a los ingresos correspondientes al ejercicio 2007 tendrá que presentar una declaración complementaria del ejercicio 2007 con devolución de las deducciones a las que no tenía derecho y liquidación de los ingresos del arrendamiento con los mismos beneficios del art. 23, pero con los correspondientes intereses y un recargo que solo es del 15% si la demora, como ocurre en este caso, no es superior a 12 meses. Tampoco habrá sanción si se hace voluntariamente antes de que intervenga la administración. Como se ve, Hacienda prefiere atraer a los incumplidores que sancionarlos.
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