rosa, coincido con Amparo, matizando que si al cumplirse el quinto año, renovaron, es decir lo hicieron "nuevo", ese contrato a voluntad del inquilino puede durar tres años, si bien puede darlo por terminado al cumplir seis meses.
Por el contrario si se entiende que prorrogaron el anterior, también tendrá el inquilino derecho a tres años de duración pero no podrá marcharse nada más que en los "cumpleaños" de su contrato.
Como puede ver, en derecho os conceptos son fundamentales.
Pedro Hernández del Olmo, abogado
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