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Afectado

casero/a

Inquilinos que no pagan y al no personarse en el juicio por el desahucio hay que abrir otro para las cantidades

Tengo una casa alquilada a unos inquilinos que han dejado de pagar desde hace varios meses, recurrimos a una abogada para desahuciarles y reclamar las cantidades. Ha salido el desahucio para marzo y al no personarse los inquilinos en el Juzgado ya no existe el juicio de febrero y se produce directamente el desahucio. Ante esta situación se me plantean estas dudas:

1) Se persona en el Juzgado de aquí a marzo. ¿Es posible?¿Qué ocurriría?

2) No se persona y vamos directamente al desahucio.¿Esta persona se va de sin pagar nada? ¿Después de 10 meses sin pagar el alquiler no tiene ninguna responsabilidad con los propietarios?

3) Se decide reclamar las cantidades debidas (asumiendo nuevamente los propietarios los costes del segundo procedimiento), y se me plantean dos disyuntivas:   

 a) El inquilino se declara insolvente. ¿Qué se puede hacer ante esta situación?     

b) El inquilino se ha marchado de la vivienda alquilada y no se le localiza, ¿qué ocurriría? ¿qué habría que hacer? 

  • Preguntado por: Afectado
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Te lo han respondido antes. Quién mejor puede resolver tus dudas es tu abogada, que para eso le pagas y es quien tiene más información sobre el caso.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Afectado

    casero/a

    Hola de nuevo,

    y sí entregan las llaves en el juzgado días antes de que sea la fecha del embargo que es lo que veo más probable que ocurra, tras haber puesto una demanda de impago y  de las cantidades reclamadas y no haberse personado, habría que abrir nunca nueva demanda para las cantidades?

    Perdonad, pero no acabo de entender porque sí no se personan se establece fecha para el desahucio, y ya se olvidan de la reclamación de las cantidades, teniendo que abrir otra reclamación pque algo que y estábamos reclamando de primeras, por que?

    gracias de nuevo

    • Respondido por: Afectado
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Afectado:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.

    Reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Su abogada es quien, con 'los papeles' en la mano, le puede dar la respeusta acertada a su spreguntas, los demás solo podemos establecer hipótesis.

    1) Si se persona en el juzgado y entrega las llaves, se suspenderá el juicio y le entregarán el piso a vd.

    2) Si en la demanda le ha reclamado los alquileres atrasados y las costas el Juez le condenraá a pagarlas.

    3) a) Nadie puede declararse insolvente, lo que ocurre es que si efectivamente es insolvente no merece la pena seguri gastando en pleitos.

    b) Si no se le localiza es imposible embargarle bienes, derechos o sueldos para que vd cobre.

    Le sugiero lea el DECALOGO DEL CASERO, sobre todo el punto 4

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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