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josenogues

profesional

¿A quién corresponde pagar el recibo de basura, al dueño o al inquilino? ¿Está regulado en alguna normativa?
Este impuesto se paga anualmente igual que el IBI. Gracias.
  • Preguntado por: josenogues
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Ana Zoe

    Ana Zoe

    casero/a

    Pensaba que se habría guardado mi respuesta, pero en caso de duda... volveré a contestar.

    Te remitía a la página del Ayuntamiento de Madrid donde especifica en la pregunta número 6 sobre la Tasa de Residuos Urbanos. De todas formas, volveré a pegar ese trozo.

    Un saludo y suerte, porque a mí me tocó pagarla.

    .......

    El obligado al pago de la tasa es el propietario del inmueble el 1 de enero de cada ejercicio que es la fecha de devengo de la Tasa, salvo en los casos de inicio de actividad.

    Cuando no hay coincidencia entre el propietario del inmueble y quien habita en él, existen dos sujetos pasivos:

    • El contribuyente, que es quien se beneficia del servicio (el inquilino, el concesionario, etc).
    • El sustituto, que es el propietario.

    La Administración exige el pago a este último como obligado al pago, si bien, la normativa permite que el citado sustituto pueda repercutir la cuota sobre el beneficiario (contribuyente).

    • Respondido por: Ana Zoe
    • Hace 15 años
  • Ana Zoe

    Ana Zoe

    casero/a

    Copio y pego la respuesto a la pregunta número 6 de la página del Ayuntamiento de Madrid:
    <
    Cuando no hay coincidencia entre el propietario del inmueble y quien habita en él, existen dos sujetos pasivos:

    • El contribuyente, que es quien se beneficia del servicio (el inquilino, el concesionario, etc).
    • El sustituto, que es el propietario.

    La Administración exige el pago a este último como obligado al pago, si bien, la normativa permite que el citado sustituto pueda repercutir la cuota sobre el beneficiario (contribuyente).>>

    • Respondido por: Ana Zoe
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Se debe pactar en el contrato. Igual que el IBI.

    Si buscas en esta web "basura", hallarás respuestas de todos los gustos. Pero respuestas para cuando el contrato no estipula nada. Pero si figura en el contrato quien lo paga... ya no hay dudas.

    Saludos Papeleos Alquiler

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