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Tengo un aviso de correos para recoger una notificación judicial supongo, solo supongo, que será para el desahucio y tengo treinta dias para recogerlo; si es el desahucio, ¿son esos treinta dias los que tengo antes de que me desalojen? o puede que sean menos días?
la carta es del colegio de madrid de registradores que al parecer actuan como árbitros al estar alquilada la v ivienda a través de la comunidad de madrid
Los plazos judiciales empiezan a contar desde el día después de recibir la comunicación (en este caso recogida en correos). Coincido en que me parece raro que el juzgado no haya notificado personalmente la resolcuión.
Los avisos de certificados postales tienen un plazo de 15 días y no de 30 como usted señala. Si no lo recoge en el plazo de 15 días, correos devuelve el comunicado al remitente.
Y los desahucios los notifica personalmente personal del juzgado. Y el plazo lo determina el Juez. Si transcurrido el plazo voluntario no se desalojara la vivienda, se persona la policía con la orden judicial y desalojan por la fuerza, depositando los enseres personales en un depósito municipal ( en el caso de que no hubiese nadie en la vivienda).
Yo le aconsejo que esperar a última hora, no le va a solucionar nada.
Es raro lo que dice, ya que los Juzgados tienen un servicio de notificaciones y no suelen emplear la vía postal. Mi consejo es que cuanto antes vaya a recogerlo antes sabrá de lo que se trata, ya que también me parece raro ese plazo de recogida de treinta días.
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