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Tengo averiada la cerradura de mi buzón en la comunidad de propietarios. ¿Quién debe repararla y abonarla?
Entonces sería dudoso y entraría en juego lo que siempre digo:
La teoría es muy fácil: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.
Pholmo, ¿y si fuera necesaria la substitución de la cerradura del buzón? ¿ Seguirías opinando que le pertoca al inquilino?
Parece que una reparación menor que corresponde al inquilino.
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