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Al no pagarnos el alquiler, entiendo que perderán el juicio. Nosotros nos habremos gastado aproximadamente 1.000€ entre abogado y procurador. ¿Quién paga esta cantidad invertida? ¿Se acumula a la deuda de los meses impagados o es dinero perdido?
Por otro lado, el alquiler lo hicimos a nombre de 2 personas, madre e hija. ¿Esto supone alguna diferencia a la hora del embargos de nóminas (en caso de poder hacerse) o del deshaucio?.
Una vez más, muchas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo
1. Nunca des por supuesto una decision que depende de un complejo proceso judicial.
2. La obligacion de pagar los honorarios de abogado y procurador son siempre del cliente.
3. La posibilidad de recuperar ese gasto dependera de la condena en costas y de la solvencia del condenado.
4.- El obligado al pago de las costas sera el condenado y por tanto aquel que conste en su caso como demandado, con independencia del numero de inquilinos firmantes del contrato.
5. La cuantia embargada llegado el caso dependerá del importe de la nomina.
6. Sigues perdiendo dinero si no te estan preparando ya la demanda, estas cuestiones tiene y debe aclararlas tu abogado.
Pedro Martínez
Abogado