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usuario eliminado

Si el inquilino se va sin pagar el agua?

Mi inquilino se ha ido sin pagar dos facturas de agua... Me he puesto en contacto con la empresa municipal y me dicen que como la casa es mia, yo soy responsable... es esto legal?

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
BUFETPRIETO SLP ha sido elegida Mejor Respuesta
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Tal como señala el compañero Pedro, el obligado al pago a la compañia es el titular del contrato, el cual suele ser el propietario de la finca. Por consiguiente si ese es el caso, debe realizar el pago, para evitar que le corten el suministro, y en su caso reclamar el importe al inquilino, de forma amistosa primero, y en caso de no prosperar por via judicial. Y todo ello si como suele ser normal en el contrato no se establece que los suministros se encuentren dentro del alquiler.

    Si el contrato está a nombre de los inquilinos (lo cual no es muy habitual, pero si posible), son ellos los obligados, pero normalmente si se produce el corte de suministro, las compañias ponen muchas pegas a dar nuevamente suministro a la misma finca sino está liquidado lo que se deba, además que una vez cortado el suministro resulta mucho más caro volver a conectarlo.

     

    BufetPrieto SLP

     

    jprieto@bufetprieto.com

  • usuario eliminado

    El contrato solo puede estar a nombre del propietario de la vivienda . La compania gestora del sumistro no acepta cambio de nombre si no es con escrituras . Esto difiere a las condiciones que plantean las companias electricas por ejemplo . Leccion aprendida...

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si el contrato esta a tu nombre tu eres el obligado al pago

    Y, por supuesto, el que tiene derecho a reclamar ese importe al inquilino si, como imagino, puedes probar el arriendo con el contrato.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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