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Quien ocupará el piso mientras es su pareja que no figura para nada en el contrato. He pensado en hacer un anexo del contrato donde el titular autorize a su pareja para la recogida de llaves y el pago de las mensualidades mientras que este no este.
Hola juan francisco:
1º) Como le han indicado no es preciso que realice ningún anexo al contrato, ya que la pareja del titular puede convivir con él.
2º) Respecto a la entrega de las llaves lo más sencillo sería entregarlas el día 1 de Septiembre al titular del contrato. Si éste no puede recogerlas en persona puede enviárselas por correo certificado a la dirección que le indique.
3º) El titular está obligado al pago de las mensualidades desde el día 1 de septiembre, habite o no la vivienda desde esa fecha. Por lo tanto si el sistema de pago pactado fue el ingreso o transferencia bancaria no tendrá que autorizar a nadie para que pague por él.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es
Muchas gracias , una vez mas por la ayuda .El problema , es que yo contactar con el titular del contrato lo hara por tlf y el anexo , se lo mandare pues ellos estan en cataluña y yo en Andalucia.Creo que lo que hare es un anexo incluyendo a la pareja en el contrato
No es necesario.
Si todos queréis podéis hacer un anexo incluyendo a la pareja del titular. Para ti sería mayor garantía.
Pero no hace falta. Uno puede vivir en su piso con su pareja.
Si tienes que contactar con el titular para que firme ese anexo autorizando a que entregues las llaves a su pareja... pues ya que le ves dáselas a él.
Y respecto al pago, el responsable del pago es el titular, y tendrá que organizarse para que te llegue el dinero, no necesitas autorizar a nadie para que pague en su nombre. Basta con que lo haga.
Saludos - Papeleos Alquiler
Si, la entrega de las llaves solo la has de hacer al titular, o a alguien debidamente autorizado.