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Me quedan tres años para acabar contrato, mi abuela viene a vivir conmigo y es minusválida, está en silla de ruedas y necesita adaptar baño, y escaleras del portal. El propietario del piso donde vivo en alquiler me pide que cumpla los tres años de contrato que me quedan y pagarlos íntegros. Si me quedo aquí tengo que adaptar el piso, no puedo permitirme pagar éste y otro adaptado a minusválidos. Las obras de adaptación, ¿a quién le toca pagarlas?
Vaya que tonta :-)
Sí que lo dice. La de los familiares que con él convivan.
Pero además el artículo continúa con el punto 2:
2.El arrendatario estará obligado, al término del contrato, a reponer la vivienda al estado anterior, si así lo exige el arrendador.
Las obras permitidas por el artículo 24 de la LAU, son las necesarias para el inquilino o su pareja... no menciona nada en caso de otras relaciones o parentescos:
Artículo 24. Arrendatarios con minusvalía
1.El arrendatario, previa notificación escrita al arrendador, podrá realizar en la vivienda las obras que sean necesarias para adecuar ésta a su condición de minusválido o a la de su cónyuge o de la persona con quien conviva de forma permanente en análoga relación de afectividad, con independencia de su orientación sexual, o a la de los familiares que con él convivan.
Saludos - Papeleos Alquiler
Dichos gastos de adaptación deberán ser asumidos por el inquilino, en este caso usted, y además no podrán ser realizados sin consentimiento expreso y por escrito del arrendador.