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Interpreto :el contrato dura lo que el dueño plasme en él ,haya reforma o no de la lau.
mi contrato dice:
*por un año ,prorrogable a 5 años. No obstante se puede cancelar a los 6 meses,avisando con un mes de antelación.
nueva pregunta:
*¿que indennizacion debo pagar al casero , si me voy 15 dias antes de cumplir los 6 meses?
gracias adelantadas
-----No existen claúsulas de penalización!
-----bien matizado lo de pagar!
-----por mi experiencia (incluido entrar en mi casa el casero cuando yo no estaba en ella,segun el aviso de mis vecinos de leganes) no conozco a un casero que rechace dinero.
-----si bien, siempre existe la posibilidad de rechazar el inmueble o el Contrato del casero , los contratos que no se ajusten a la reforma de la lau deberian ser nulos automaticamente .
----muchas gracias por todas las respuestas.
Naviella no es que tenga que pagar 15 dias de indemnización es que el casero tiene derecho a cobrarle los seis meses completos que señala la ley de obligado cumplimiento para el inquilino
¿No habrá en su contrato una cláusula de penalización?
naviella; la intepretación más extendida es que tendría que pagar precisamente esos 15 días. Tenga en cuenta que aún no hay Jurisprudencia sobre la interpretación de ese artículo, de manera que no podemos estar totalmente seguros de esa respuesta.