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He enviado requerimiento de pago al inquilino en dos ocasiones , quiero saber si el juzgado me obliga a notificarselo al fiador, porque lo he intentado y las cartas me vienen devueltas.
Gracias
Muchas gracias a Pholmo y a Manuel José por su ayuda, me han aclarado las dudas.
A Pholmo decirle que no creo que me pueda ayudar como profesional en un juzgado porque no me encuentro en la peninsula.
Muchas gracias.
Muchas gracias a Pholmo y a Manuel José por su ayuda, me han aclarado las dudas.
A Pholmo decirle que no creo que me pueda ayudar como profesional en un juzgado porque no me encuentro en la peninsula.
Muchas gracias.
Si lo que pretende es cobrar o en caso de que no pague recuperar la vivienda mejor enviar comunicación de que debe efectuar el pago en x dias. si transcurrido un mes de la fecha del envio del burofax con acuse de recibo y certificación del texto, no podrá efectuar el pago, no se lo aceptarán en el juzgado y se irá al desahucio llegando al desalojo de uds de la vivienda.
si solo pretende el cobro de una o dos mensualidades menos de 900 euros puede hacerlo por juicio monitorio pero irán aumentando la deuda, lo más probable. Saludos,
Los requerimientos de pago por burofax al avalista considero que son un gasto inutil, sale mas barato y probablemente mas efectivo, comunicarle por carta ordinaria que su avalado no paga y anunciarle que interpondrá una reclamación por juicio monitorio.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola e. P:
presupongo que el fiador lo será con carácter solidario, por lo que usted puede dirigir el requerimiento al arrendatario, al fiador o a ambos. En la demanda deberá dirigirse contra ambos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es