Buenos días,
En un alquiler con opción de compra, puedes firmar la duración que quieras, siempre que la acepte la contraparte.
No obstante, no es aconsejable que se apliquen el 100% de las rentas, ni que pretendas que al final el precio de compra se haya pagado integramente con las rentas, ya que podéis tener un grave problema fiscal. Me parece que estás pensando más en una compra a plazos de bienes inmuebles.
Te aconsejaría que acudieras a un abogado especializado en Derecho Inmobiliario para que te asesorara. Nosotros podemos ayudarte si lo deseas.
Mientras tanto, te aconsejaría que leyeras estas entradas, para ir conociendo la figura:
http://blog.desalvador.es/compraventa/compraventa-plazos-inmuebles/ http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra/ http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra-ii/ http://blog.desalvador.es/arrendamientos/tributacion-alquiler-opcion/ Un saludo,
www.desalvador.es