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Perjudicada

inquilino/a

Tengo un contrato de alquiler con opción a compra, por problemas urbanísticos no puedo escriturar desde el año 2007
En ese tiempo yo considero mi casa y hago reformas, por un importe de 12000 euros en total, detienen al promotor junto con el alcalde por problemas urbanisticos al parecer la casa está construida en terreno rústico, dejo de pagar el alquiler en diciembre de 2008, al no saber si algún día esa sera mi casa, me cita el juzgado para llevar la documentación pues la junta de andalucia posiblememnte derribe la casa, el casero-promotor aún no ha procedido al desahucio ¿qué hago?
  • Preguntado por: Perjudicada
  • Hace 15 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (3)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Una carta certificada no puede contener una demanda de desahucio ni de ninguna otra clase, pero si no fue una carta certificada sino un burofax con certificación de contenido podría tratarse de un requerimiento de pago que impediría posteriormente la enervación del
    desahucio.

    Ante la duda le conviene estar al corriente en los pagos,
    aunque con la relativa tranquilidad de saber que entre el posible requerimiento recibido y la presentación de la demanda no pueden transcurrir menos de dos meses si lo que pretende el propietario es impedir la enervación del desahucio, es decir, tiene un margen de dos
    meses entre el requerimiento y el pago, tiempo que debe invertir en seguir mi primer consejo, dejarse asesorar por un buen abogado de su confianza y actuar en defensa de sus intereses.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Perjudicada

    inquilino/a

    Gracias Juan por contestar, el promotor ha mandado dos cartas certificadas que no he podido coger por no encontrarme en el domicilio, el desahucio lo puede mandar por esa vía o sería por vía judicial?

    Cómo lo comunica el juzgado? gracias por las respuestas.
  • Juan

    profesional

    Naturalmente seguir sin pagar. Si el arrendador mantiene sus derechos sobre la finca y reclama judicialmente las rentas impagadas, siempre podrá enervar el desahucio pagando lo debido y continuar con sus derechos de arrendatario. Mientras tanto, tendrá que colaborar con el juzgado que conoce el asunto urbanístico y actuar en consecuencia, asesorado por un buen abogado de su confianza.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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