¿Puedo dejar la vivienda en alquiler con opción a compra?
Hola,
Tengo un alquiler con opción a compra, llevo un año viviendo y son 3 en principio. El contrato no tiene ninguna cláusula para poder dejar la vivienda, en ese caso sería imposible sin pagar los dos años que me quedan, pero hace dos semanas hubo un escape de gas en la cocina, llamé al técnico del gas y me dijo que había 10 veces más de monoxido de carbono de lo normal, y me dijo que algún inepto había conectado el tubo de la campana con el de la caldera y me precintó la caldera en pleno diciembre. Ellos quieren hacerme una chapuza ahora de sacar otro tubo pero yo me quiero ir de esa casa por q no me siento seguro y me quiero marchar porque lo del gas está muy serio, ya que dijo el tecnico que si no es un chalet no lo contamos.
Entonces mi pregunta es esa, que sin cláusulas y presentando los informes del técnico, ¿tengo derecho a dejar esa casa, al principio de 2 meses d fianza y un aval de 10000 euros?
La continuada concentración excesiva de monóxido de carbono debida a una mala instalación, con riesgo grave para la salud, es incompatible con la definición de vivienda del artículo 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Como consecuencia, con independencia de la reparación por parte del arrendador, se ha producido un incumplimiento del contrato, que permite al arrendatario su resolución acogiéndose al art. 27.1 y 27. 3,b de la LAU.
Tras una comunicación fehaciente al arrendador dando por resuelto el contrato, el arrendatario podría abandonar la vivienda con la seguridad de que el arrendador no discutiría la resolución en los tribunales, pero la alta garantía en poder del arrendador obliga al arrendatario a llegar a un acuerdo o acudir a tribunales, de donde nunca se sabe cómo se saldrá, y menos yo, sin conocer a fondo las instalaciones de caldera y campana.
Me temo que va a ser complicado, inicialmente debería intentar una resolución pactada del arrendamiento por vicios importantes sobrevenidos, pero si no lo consigue y continúa interesándole abandonar la vivienda deberá acudir al Juzgado.
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