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Buenas tardes, esta semana o la que viene seguramente firme un contrato con de alquiler con opción a compra. Quieren que paguemos la comunidad cosa que bueno...no me hace gracia pero ya me apaño, la cosa es la siguiente:
Si pago la comunidad pero estoy en ese tipo de contrato...también sería lógico que tuviera el voto en las reuniones del edificio...sino..otra opción sería proponerles pagar la mitad ellos y yo la otra..en base a ellos tienen el voto y yo el disfruto de luz y agua del edicio.
Quisiera saber si lo que propongo es lógico para poder proponerlo antes de que hagan el contrato.
Gracias.
http://pedrohernandezabogado.com/2008/10/el-arrendamiento-con-opcin-de-compra.html
http://pedrohernandezabogado.com/2009/01/diccionario-jurdico-del-alquiler-opcin.html
http://pedrohernandezabogado.com/2010/09/opcion-d-e-compra-y-tacita-reconduccion.html
http://pedrohernandezabogado.com/2010/06/opcion-de-compra-en-fotocopia.html
http://pedrohernandezabogado.com/2009/09/arrendamiento-con-opcion-de-compra.html
http://pedrohernandezabogado.com/2008/11/la-opcion-de-compra-y-la-insolvencia.html
http://pedrohernandezabogado.com/2011/05/mas-sobre-arrendamiento-con-opcion-de.html
Las derramas extraordinarias las paga el propietario.
en el resto me remito a lo dicho por pholmo.
Artículo sobre quien paga los gastos de comunidad (se refiere a la legislación catalana, pero es válido para toda España)
Muchas gracias por sus respuestas ya que me han ayudado ^_^
Lo que haré es hablar bien las cosas y enseñarle a alguien que tengo de confianza que ha trabajado en este tipo de cosas el contrato para saber si hay algo raro o no.
Hola Lily:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace.
http://letradosalquileres.es.tl/Arrendatario-y-Comunidad-de-Propietarios.htm
reciba un cordial saludo.
Lilly la veo poco impuesta en la materia alquiler con opción de compra y me permito, con el máximo respeto, recomendarle que no,firme nada sin que lo,lea antes un abogado de su confianza.
El arrendamiento con opción de compra es un contrato complejo y atípico que no conviene firmar sin un asesoramiento de alguienexperto.
El pago de los gastos de comunidad no le daderecho a voto en las juntas de propietarios.
Si no quiere o no,puede ejercer la opción de compra perderá todo lo entregado.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Otra colnsulta que soy algo olvidadiza...lo siento.
Si ahora en estos años antes de comprarlo me echaran del piso sin un motivo razonable...el dinero que he dado tanto de entrada como mensual ¿qué pasaría?¿Me indemnizarían?
Y otra cosa que se me olvidaba. Si durante ese periodo hay alguna derrama en el edificio ¿quién la pagaría la ama del piso o yo? ¿y si fuese del piso?