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¿Puede el inquilino pagar la fianza en varias veces mientras vive en el piso que le alquilo?
¿Está obligado el inquilino a pagar los gastos de comunidad?
Hola Nuria:
Coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Nuria Mazo Haz caso de lo que te dice Pedro y léete el "decálogo del casero"
La fianza se paga a la entrega de las llaves,pero si tú como casero admites otra forma.....ese es tu riesgo ¿y si luego te dice que no puede? ya no le puedes sacar nada más que demandando.
Los gastos de comunidad debes de poner la cantidad en contrato y por supuesto que los debería pagar el que los hace.....Pero si tú pactas que el alquiler es con gastos incluídos ,no pasa nada.Lo pactado ,pactado está,siempre que no vaya en contra de la LAU,porque ten en cuenta que lo que se ponga en contra de dicha ley,SIEMPRE Va en contra del casero
Nuria, no te veo con capacidad ni los conocimientos para redactar un contrato de esa trascendencia.
el unico consejo que se te puede dar es que cuentes con un abogado de tu confianza para que te redacte dicho contrato.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es