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Estoy de alquiler en una vivienda para jóvenes con opción a compra de la comunidad de Madrid y en 2 meses me cambio de piso por encontrar algo mucho más barato, y quisiera saber si el IBI pagado en estos 3 años que llevo aquí viviendo me lo devuelven al no acogerme a la opción a compra.
Gracias y un saludo.
No, no se devuelve. El ibi es un impuesto que se pacta en el contrato el pagarlo o no, y no tiene nada que ver con la opción a compra.
Es más, si has dado alguna prima por esa opción, normalmente, tampoco se devuelve.
Además, no te puedes ir cuando te apetezca, sino que el contrato tiene una duración determinada sujeta a unas prórrogas, que son anuales, y son de obligado cumplimiento, con lo que, si no hay ninguna cláusula que determine la forma de rescindir el contrato en otra fecha diferente a la de la finalización del mismo, estarás incumpliendo el contrato y pueden reclamarte las mensualidades restantes.
Si has llegado a algún acuerdo diferente, que sea por escrito y firmado. Si puedes desistir del contrato en base a que sea la finalización del mismo o que tengas potestad para ello en alguna cláusula, tienes que avisar de forma fehaciente, es decir, un burofax con acuse de recibo y certificación de copia o una copia entregada y firmada a la parte arrendadora.