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Si el arrendador da la possibilidad de incluir la comunidad y el agua, o alguno de ellos, en la renta a pagar, ¿se desgrava todo ese importe o es mejor constar en el contrato que solo le pago lo que es el alquiler en sí y los demás gastos aparte?
Gracias.
A Hacienda no hay que aportarle ningun documento salvo que lo requiera posteriormente y en ese caso seria el contrato y los justificsntes del pago.
eso si, para deducir hay que cumplir los requisitos que exige la ley del irpf.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Para la desgravación: ¿que documentos hay que aportar?, ¿tiiene el casero que hacer algún trámite?, ¿hay que pagarle en mano y firmar un documento que lo acredite? Si esto se hace por transferencia o domiciliación bancaria, ¿qué documentos hay aportar?
Deber, se debería. Es mucho mejor, mucho más claro y mucho más seguro. De todas formas la LAU hace ya algunas asignaciones al respecto.
En el contrato, ¿deberíamos poner el precio del alquiler en sí y los demás gastos que corre a cuenta del inquilino?
Puesto qu ela Ley habla de deducción por alquiler de vivienda habitual, lo qu eno sea alquiler, gastos de comunidad, impuestos etc. , no está sujeto a deducción.
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